Cada país tiene sus propias leyes acerca de cannabis, tanto en su utilización, como plantación o consumo. El consumo de cannabis en España está permitido, por ejemplo, para consumo propio. Tan solo 100 gramos de marihuana.
En España, la marihuana y el hachís se consideran drogas ilegales y, sin embargo, dentro de este ámbito son las más consumidas. Concretamente, más de un tercio de la población española (35%) asegura haberla consumido en algún momento de su vida. Así lo refleja la Encuesta sobre alcohol y otras drogas en España llevada cabo por el Ministerio de Sanidad.
Legislación y cannabis en España
¿Qué dice la ley acerca de la situación del cannabis en España? La regulación del cannabis es diferente dependiendo del país o la región del mismo, así como lo usos de esta sustancia. Puede ser con una finalidad medicinal, científica o recreativa. En este sentido, Uruguay, por ejemplo, es un país en el que la venta está completamente permitida. También se permite la distribución y el cultivo de la sustancia siempre que el cultivo no supere las seis plantas.
En Estados Unidos, la situación depende del estado. En Nueva York, por ejemplo, se ha despenalizado la posesión de menos de 56 gramos y son muchos los estados que han decidido legalizar su consumo.
En España, según el Código Penal, está considerado como delito el cultivo, la elaboración, el tráfico y la posesión ilícita. También se consideran delito todas las actividades que promuevan, favorezcan o faciliten el consumo de drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas. La marihuana contiene un cannabinoide, el THC, que tiene efectos psicotrópicos en la mente. El Tetrahidrocannabinol es uno de los componentes activos que afectan al cerebro, provocando el “colocón”.
Según el artículo 368, existen diferencias entre las drogas que causan y las que no causan un grave daño a la salud. La ley española engloba el cannabis dentro de las que no causan grave daño a la salud.
Penas de cárcel y multas por cannabis
El Código Penal de España no considera como delito el consumo, la posesión y el cultivo de cannabis siempre que este sea para consumo propio y no esté destinado al tráfico o la venta.
En el caso de tratarse de un Específico Atenuado, es decir, de ser registrado y encontrado con una escasa cantidad, podría enfrentarse a penas de 6 meses a 1 año de cárcel y a una multa que supondrá desde la mitad del valor de la droga hasta el valor de la misma.
En el caso de ser un Específico Agravado (grandes cantidades, sustancias adulteradas o mezcladas, en centros docentes, a menores, etc., sería de 3 años y 1 día a 4 años y medio de cárcel. Así mismo se enfrentaría a una multa que iría desde el valor de la droga hasta cuatro veces su valor.
En el caso de tratarse de Organización Criminal (solo partícipes), la pena de prisión sería de 4 años y medio a 10 años y la multa del valor de la droga a cuatro veces su valor.
El Tribunal Supremo utiliza una tabla que está elaborada por el Instituto Nacional de Toxicología. En ella se establece la dosis media de consumo, atendiendo a que su consumidor se suele proveer de esta sustancia para cinco días y fijando así en 100 gramos la posesión legal para el consumo personal.
Es importante saber que en España está terminantemente prohibido el consumo en espacios públicos. También se encuentra prohibido el traslado de personas con la finalidad de proporcionales drogas. La plantación y el cultivo ilícitos en locales o establecimientos públicos, son una infracción grave que supone la incautación de la droga y una multa que va desde los 600 euros hasta los 30.000 euros.
El cannabis con fines medicinales
Según el CIS, en Espala el 84% de los ciudadanos se encuentra a favor de la legalización de la marihuana con fines medicinales y el 47% defiende su legalización en todos los casos, incluido el recreativo.
El único medicamento derivado del cannabis que se encuentra autorizado en España es Sativex, un medicamento de uso oral para personas que padecen esclerosis múltiple.